La Justicia mercedina falló contra las Sociedades Anónimas Deportivas

El Juzgado Federal de Mercedes dictó una medida cautelar por el reclamo presentado por la Liga de Fútbol de Salto contra dos artículos del DNU de Javier Milei. Se suspende la privatización de la pelota.

 

La Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y declaró inválidos los artículos 335 y 345 del mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilitaban las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). Tras la postura de rechazo de casi todos los clubes argentinos ante esta propuesta impulsada por el gobierno de Javier Milei, el revés judicial la dejó sin efecto.

La AFA informó que el Juzgado Federal de Mercedes dictó la medida cautelar impulsada por la Liga de Fútbol de Salto, una entidad afiliada al ente que regula el fútbol argentino.  El juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil, previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de Diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año, hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva”. La medida regirá hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva.
El juez dio lugar al planteo de Alejandro Higa, dirigente de la Liga de Futbol de Salto Asociación Civil, quien había promovido una “una acción declarativa de certeza de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional a fin de que se decrete la inconstitucionalidad de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia”. 

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